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Facilidades de Pago AFIP: Regularización de Deudas Fiscales y Aduaneras

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha implementado la Resolución General 5425, que se publicó en el Boletín Oficial el 29 de septiembre de 2023, ofreciendo a los contribuyentes la oportunidad de regularizar sus deudas con facilidades de pago. Esta resolución abarca las deudas fiscales y relacionadas con los recursos de la seguridad social, lo que proporciona un amplio espectro de posibilidades de regularización.

¿Qué beneficios trae esta resolución?

Esta resolución plantea dos beneficios que detallamos a continuación:

Plan de Facilidades de Pago: Ahora puedes regularizar tus deudas fiscales, aduaneras y de seguridad social mediante un plan de facilidades de pago. Esto significa que puedes poner al día tus cuentas con plazos y condiciones flexibles que se ajusten a tu situación.

Suspensión de Juicios y Medidas Cautelares: La resolución también ofrece un respiro adicional al suspender el inicio de juicios de ejecución fiscal y la aplicación de medidas cautelares hasta el 31 de diciembre de 2023. Esto te da tiempo para resolver tus deudas sin preocupaciones legales.

¿Quiénes pueden beneficiarse?

Esta oportunidad está abierta para:

  • Pequeños contribuyentes:  caracterizadas en el “Sistema Registral” con el código “547 – Pequeño Contribuyente”
  • Micro, pequeñas y medianas empresas (Tramos 1 y 2) con certificado MIPYME vigente.
  • Entidades sin fines de lucro que estén adheridas al plan de facilidades de pago.

¿Qué deudas puedes regularizar?

Puedes regularizar las siguientes deudas:

  • Obligaciones Impositivas y de la Seguridad Social: Esto incluye intereses y multas vencidas.
  • Multas, cargos suplementarios de tributos de importación y exportación.
  • Tributos Aduaneros

El período de regularización se extiende hasta el 31 de agosto de 2023.

La regularización mediante el presente régimen no implica reducción de intereses

Plazos y Procedimientos

La resolución establece plazos y condiciones específicas para la adhesión a este régimen de facilidades de pago. Tienes tiempo para acogerte a él hasta el 29 de diciembre de 2023.

Podés revisar la norma en el Boletín Oficial (link)

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