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Trámite Registro de Domicilios de Explotación en CABA: ¿Quiénes deben completarlo y cuándo?

El trámite de registro de domicilios de explotación en la Ciudad Autónoma de Bs. As. es OBLIGATORIO y anual.

Consiste en declarar los domicilios donde la persona realiza total o parcialmente su actividad económica, es decir, el o los inmuebles en los que trabaja.

Este trámite debe ser realizado por las siguientes personas:

  • Contribuyente de categorías locales.
  • Inscriptos en Convenio Multilateral con la jurisdicción adherida.
  • Los inscriptos en el Régimen Simplificado de ingresos brutos.
  • Los exentos.

Se completa ingresando en la web de AGIP (https://www.agip.gob.ar/ ) con CUIT y Clave Ciudad. Hacer click en el servicio “Registro de Domicilios de Explotación (RDE)”.

Para los que ya lo hayan declarado alguna vez podrán editar, ratificar, agregar o eliminar.

Los que ingresan por primera vez, deberán adherir el servicio y luego podrá dar de alta el domicilio con el botón “Registrar Nuevo”.

El lapso para hacer la gestión se extiende desde el 1° de enero hasta el 31 de marzo de cada año.

En caso de existir modificaciones se deberán realizar dentro de los 15 días hábiles del cambio.

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